
Julio Sánchez Rivas se jubiló hace 12 años y en cuanto tuvo la ocasión “volvió a la carga” convirtiéndose en recontratado en el Banco Metropolitano, donde laboró por espacio de ocho años.
En febrero pasado presentó el expediente para el recálculo de su pensión. “Llevo seis meses de espera y aún no sé a cuánto ascenderá el monto definitivo de mi jubilación. Al presentar mis papeles ante el Departamento de Seguridad Social de la Dirección de Trabajo en mi municipio de Diez de Octubre, me dijeron que todo estaría listo a partir de abril.
“Pasó ese mes y ya vamos por agosto y aún estoy a la espera. Soy un hombre mayor y a veces me pregunto si podré disfrutar del incremento que deberé tener”.
Por su parte, Mario Ponce Álvarez, veterano zapatero y también recontratado laboralmente por varios años, comenta que sus datos para el recálculo de su pensión fueron aprobados en la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social de Guanabacoa.
Entregó el expediente el 26 de enero del actual año y hasta ahora no ha concluido el proceso. “Los compañeros de esa oficina me dijeron que la solución no está en sus manos, y que por tanto tenía que esperar”, dice.
Ambos forman parte del numeroso grupo de compañeros que aguardan por la conclusión de los trámites, que con toda seguridad les aumentará el monto de su jubilación. Lamentablemente, hay algunos que llevan más de un año en espera por la misma gestión, aunque Sánchez Rivas refiere que según le informaron “su nueva pensión, viene con carácter retroactivo”.
En busca de la pensión definitiva
No pocos trabajadores jubilados se preguntan si podrían tener un incremento a su pensión luego de laborar por varios años en condición de recontratado y, si es así, cómo se realiza el cálculo para tal aumento.
Aunque pareciera tema conocido por muchos, a partir de las indagaciones iniciales para responder tales interrogantes, comprobamos que el desconocimiento es algo bastante generalizado. A fin de esclarecer el tema, entrevistamos a Adelaida Puente Aspillaga, directora general de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), y a Yiselis Ferrer Nariño, directora jurídica y de Relaciones Internacionales de ese organismo.
“En efecto, la población no tiene toda la información ni conoce en su totalidad las normativas vigentes. Incluso muchas personas se reincorporan y después no tienen idea de las ventajas que adquirieron y tampoco a cuánto puede llegar su pensión. Por eso es importante no escatimar esfuerzos en función de explicar cada vez más este asunto”, subraya la directora de Seguridad Social del MTSS.
Hay un concepto claro: no pocos cubanos están en condiciones físicas y síquicas para seguir trabajando después de cumplir los requisitos de jubilación. Existen diversas razones: beneficios económicos, mantener la vinculación laboral, conservar la mente activa y sentirse útil, entre otras motivaciones”, acotan las entrevistadas.
Al indagar sobre qué hacer para la reincorporación de los jubilados, si algo podría impedir esa acción, qué ventajas entrañaba a quien la asumía, si en verdad favorecía el monto de la pensión, hasta cuánto podría incrementar, etc., las respuestas fueron precisas y esclarecedoras.
“Quienes se recontratan tienen iguales derechos que cualquier trabajador activo. Inician una relación laboral y adquieren los mismos deberes, garantías y beneficios, incluidos los de la seguridad social. Por cada año de labor recibirán un incremento en su pensión cuando decidan cesar definitivamente en el empleo y soliciten el trámite correspondiente”, explica Puente Aspillaga.
“La contratación depende de las necesidades del empleador, agrega, incluso, si se trata del mismo centro donde la persona se jubiló. La decisión final corresponde al consejo de dirección, que debe valorar la propuesta con el apoyo del Comité de Expertos, encargado de evaluar la capacidad del aspirante para la función que solicita. En este proceso participa también la organización sindical, a través de su representante en dicho comité”.
Sobre los requisitos para reincorporarse al trabajo después de la jubilación conocimos que es imprescindible presentar el documento que la avala.
“Este constituye el requisito exigible por la administración de la entidad para formalizar la nueva relación laboral, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Seguridad Social”.
En cuanto a las ventajas, la más visible está en el incremento de la cuantía de la jubilación del pensionado reincorporado al trabajo. Quien alcanza 45 años o más de servicios y labora no menos de cinco años adicionales, consecutivos o no, puede superar el límite del 90 % del salario promedio. Si se jubiló con menos del 90 %, los años trabajados tras la reincorporación le permitirán llegar a ese porcentaje.
Las entrevistadas destacaron además un elemento clave para el cálculo: “En la determinación de la cuantía de la jubilación por edad se seleccionan, de los últimos 15 años, los cinco de mejores salarios. Sin embargo, para calcular el incremento derivado de la reincorporación laboral, se considera el mejor salario promedio del período trabajado después de la jubilación”.
El cálculo del incremento de la pensión es un procedimiento técnico y especializado, ejecutado exclusivamente por personal capacitado en la materia, señalan las especialistas.
“El monto total alcanzado depende del salario percibido y del tiempo de labor posterior a la jubilación. Ese resultado se suma a la pensión por edad que ya disfruta el trabajador, y constituye entonces la pensión modificada”, explica Puente Aspillaga.
De esta manera, el proceso garantiza que cada año trabajado tras la jubilación tenga un impacto directo en la mejora de la cuantía final, siempre bajo parámetros técnicos que aseguran transparencia y justicia en la aplicación de la norma.
La directora general de Seguridad Social resalta que el pasado año se jubilaron en el país 88 mil 550 trabajadores, y en lo que va del 2026, con cierre de junio, la cifra asciende a 51 mil 265 pensiones, cifras para nada despreciables y que consideramos deben conocerse.

La jubilación constituye un tema de gran sensibilidad para la población, pues representa el sustento económico tras una vida dedicada al trabajo. De ahí la relevancia que reviste para la seguridad social cubana, especialmente en un contexto de tensiones económicas.
El incremento de las pensiones una vez reincorporado el trabajador es un beneficio, ya que permite mantener el ingreso salarial y el 100 % de la pensión. A partir del primer año de labor, el pensionado puede solicitar el cálculo del incremento. Es válido aclarar —afirman las expertas— que esta práctica es poco común en el mundo; en Latinoamérica, solo en Cuba se simultanea el 100 % del salario y el100 % de la pensión.
Descentralización de los trámites
En enero del 2024 se extinguió el Instituto Nacional de Seguridad Social, entidad adscripta al MTSS que centralizaba los trámites. Con la aprobación de los Decretos 69 y 72/2022, las funciones fueron dirigidas hacia los gobiernos provinciales y municipales. Dentro del ministerio permanece la Dirección General de Seguridad Social, encargada de velar por el cumplimiento de las políticas y garantizar un servicio a la población.
Hoy la seguridad social está totalmente informatizada: los trámites se inician en los municipios y se aprueban en las provincias bajo ese soporte de manera descentralizada. Sin embargo, la base de datos es centralizada y se protege desde el MTSS, que ha trabajado para reducir las afectaciones por la falta de corriente. Se progresa además en el perfeccionamiento de la plataforma informática, con tecnología más avanzada para optimizar los procesos.
Es cierto que se reciben quejas de la población, sobre todo en La Habana, si bien el organismo realiza todas las gestiones posibles para resolver cada caso u orientar oportunamente a los afectados.
Pero lo más importante, manifiesta Puente Aspillaga, es el compromiso de los trabajadores de la seguridad social, quienes en muchos territorios gestionan trámites incluso en horas de la madrugada, cuando disponen de electricidad. Gracias a ese esfuerzo, en lo que va de año se han realizado un promedio de 9 mil altas en la seguridad social y debemos continuar trabajando para minimizar las dificultades que aún persisten.
“Las afectaciones energéticas son las que condicionan tardanzas y quejas en la población. En los últimos tiempos hemos tenido que hacer maravillas para poder avanzar. Son cosas que a veces no se explican con toda claridad y la gente piensa que los equipos encargados de ejecutar los recálculos se escudan en la ineficiencia”, destaca.
La población debe conocer, significa Adelaida Puente Aspillaga, que se trabaja en la actualización de la Ley 105 de Seguridad Social, para lo cual es necesario tener en cuenta normativas, como la Constitución de la República y el Código de las Familias, entre otras, que impactan en cambios necesarios en esta Ley. La propuesta está prevista presentarla ante la Asamblea Nacional del Poder Popular en el año 2027.
Epílogo
Existe un generalizado desconocimiento acerca de las particularidades del proceso de jubilación, recontratación y la posibilidad real de incremento de las pensiones. La demora en esos trámites, como en los procesos de jubilación normal, se debe en su mayoría a las intermitencias en el servicio eléctrico, aunque las funcionarias del MTSS reconocieron puntos rojos en algunos municipios capitalinos, sobre todo en asuntos de organización y recogidas de expedientes.

Dada la complejidad y volumen de los casos de jubilación, estos temas requieren mayor comunicación y sensibilidad por parte de los responsables de esta actividad en cada lugar. A veces una explicación a tiempo puede evitar más incomodidades que las que ya tienen nuestros jubilados con el cobro en efectivo de sus pensiones.
Trabajadores tratará este último tema en la próxima semana, para valorar cómo se va cumpliendo de acuerdo con lo aprobado por el Gobierno en el programa de las transformaciones económicas y sociales.
