Mediante el Decreto Presidencial 1247/2026, ejerciendo las atribuciones conferidas por el Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Presidente de la República, declaró Duelo Oficial, con motivo del fallecimiento del Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, a partir de las 6:00 a.m. del día 23 de junio hasta las 12 de noche del propio día.
Mientras esté vigente el Duelo Oficial, la Bandera de la Estrella Solitaria se izará a media asta en los edificios públicos e instituciones militares.
Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto presidencial.
Decreto Presidencial 1247/2026
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 125 de la Constitución de la República de Cuba y el 24, inciso x) de la Ley 136 “Del Presidente y el Vicepresidente de la República de Cuba”, de 28 de octubre de 2020, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Con profundo dolor la dirección del Partido, del Estado y el Gobierno comunican a nuestro pueblo que en horas de la mañana de este domingo 21 de junio, falleció el histórico comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, héroe de la República de Cuba y del Trabajo, quien atesora una brillante y extraordinaria hoja de servicios a la Patria.
Asaltante al Cuartel Moncada, expedicionario del Granma, combatiente del Ejército Rebelde en la Sierra Maestra, segundo Jefe de la columna invasora No. 8 Ciro Redondo y protagonista junto al Che en la batalla de Santa Clara, el Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez es merecedor del respeto y la admiración del pueblo de Cuba por su entrega y probada lealtad a la causa revolucionaria.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 1247
PRIMERO: Declarar Duelo Oficial, con motivo del fallecimiento del comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, a partir de las 6:00 a.m. del día 23 de junio hasta las 12 de noche del propio día.
SEGUNDO: Disponer que mientras esté vigente el Duelo Oficial, la Bandera de la Estrella Solitaria se ice a media asta en los edificios públicos e instituciones militares.
TERCERO: Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO, en el Palacio de la Revolución, a los 21 días del mes de junio de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República
