
El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) mantiene detenido en Florida a un ciudadano cubano de 58 años cuya orden definitiva de deportación había permanecido sin ejecutar durante más de 26 años.
Al hombre, identificado como Elías Cardoza-Torres, fue transferido a la custodia de agentes migratorios tras ser liberado por las autoridades de Miami-Dade. ICE sostiene que el cubano no solo permanecía en Estados Unidos con una decisión firme de expulsión, sino que acumuló un extenso historial de condenas por delitos relacionados con drogas, robos, armas y agresión.
El arresto representa un nuevo ejemplo de cómo las autoridades federales están retomando expedientes migratorios antiguos mediante una cooperación más estrecha con cárceles, departamentos de policía y oficinas de alguaciles de Florida.
También pone de relieve la vulnerabilidad de los inmigrantes que han vivido durante décadas en Estados Unidos sin resolver definitivamente su estatus y que pueden volver a quedar bajo el radar de ICE después de cualquier contacto con el sistema penal.
Al cubano lo entregaron a ICE tras salir de la custodia local
El ICE Miami detuvo a Cardoza-Torres el 11 de junio de 2026 después de quedar en libertad de la custodia de la Oficina del Sheriff de Miami-Dade. La operación evitó que el hombre saliera nuevamente a la comunidad y permitió que los agentes federales asumieran el control de su caso migratorio en un entorno carcelario, según destacó la agencia.
La información oficial no precisa qué incidente provocó su detención más reciente por parte de las autoridades locales ni cuánto tiempo permaneció encarcelado antes de ser transferido a ICE.
Tampoco se ha informado en qué centro de detención migratoria se encuentra, si cuenta con representación legal o si ha presentado alguna petición destinada a suspender temporalmente su expulsión. ICE indicó que permanecerá bajo custodia mientras la agencia avanza con los procedimientos necesarios para ejecutar la orden definitiva de deportación que pesa sobre él.
Llegó a Estados Unidos en 1989 mediante un permiso temporal
Elías Cardoza-Torres ingresó a Estados Unidos en 1989 mediante un permiso de permanencia temporal, conocido comúnmente como parole migratorio. Este mecanismo permite que determinadas personas sean admitidas temporalmente en territorio estadounidense, pero no equivale por sí mismo a una residencia permanente ni garantiza que el beneficiario pueda permanecer indefinidamente en el país.
En el caso de muchos ciudadanos cubanos, la entrada bajo parole puede facilitar posteriormente una solicitud de residencia mediante la Ley de Ajuste Cubano, siempre que la persona cumpla los requisitos legales y no esté afectada por factores de inadmisibilidad. Sin embargo, de acuerdo con ICE, Cardoza-Torres nunca obtuvo la condición de residente permanente legal.
Aunque la información oficial no explica por qué no regularizó su situación, su historial penal pudo haber complicado sus posibilidades de obtener un beneficio migratorio. Las condenas por determinados delitos de drogas, armas, violencia o conductas consideradas especialmente graves pueden cerrar o limitar numerosas vías de alivio.
Un juez ordenó su deportación en abril del año 2000
La situación migratoria del cubano quedó formalmente definida el 12 de abril de 2000, cuando un juez de inmigración ordenó su expulsión de Estados Unidos. Desde ese momento existía una decisión final que autorizaba al Gobierno federal a deportarlo. Sin embargo, la orden permaneció pendiente durante más de dos décadas.
Una orden definitiva de deportación no pierde vigencia simplemente por el paso del tiempo. Puede continuar activa hasta que sea ejecutada, anulada por una autoridad competente o reabierta mediante un procedimiento judicial o administrativo.
Por ello, una persona puede permanecer muchos años en Estados Unidos y continuar expuesta a una detención migratoria, incluso cuando haya establecido vínculos familiares, laborales o comunitarios.
En algunos casos, la deportación no se ejecuta de inmediato porque el país de origen no emite documentos de viaje, existen obstáculos diplomáticos, la persona presenta recursos legales o ICE no logra localizarla.
En el caso de ciudadanos cubanos, las tensiones históricas entre Washington y La Habana dificultaron durante años la devolución de personas con órdenes de deportación. Esa situación permitió que numerosos cubanos permanecieran en territorio estadounidense bajo distintas formas de supervisión, pese a tener decisiones finales de expulsión.
Su historial penal comenzó poco después de llegar al país
El expediente divulgado por ICE señala que los problemas legales de Cardoza-Torres comenzaron apenas dos años después de su entrada a Estados Unidos. En 1991 fue condenado por posesión de cocaína. Esa sería la primera de una larga cadena de condenas que, según las autoridades federales, se extendió durante varias décadas.
En 1997 recibió una sentencia de 22 meses de prisión por allanamiento de morada. Dos años después, en 1999, fue condenado a cinco años de cárcel por vender heroína. Esas condenas ocurrieron antes de que el juez migratorio emitiera la orden definitiva de deportación en abril de 2000 y pudieron influir directamente en la decisión de las autoridades de ordenar su expulsión.
Los delitos relacionados con sustancias controladas suelen tener consecuencias migratorias especialmente severas. Dependiendo de la condena y de las circunstancias del caso, pueden convertir a una persona en deportable, impedirle obtener la residencia o limitar su acceso a ciertos recursos legales.
Continuó acumulando condenas después de recibir la orden de expulsión
El historial atribuido a Cardoza-Torres no terminó con la decisión judicial que ordenó su deportación. Entre 2011 y 2018 volvió a ser condenado por varios delitos, entre ellos robo de vehículos, posesión de drogas, cocaína y una infracción grave relacionada con armas.
ICE también menciona antecedentes por agresión, aunque su comunicado no ofrece detalles sobre las circunstancias de ese caso, la identidad de la víctima o la sentencia impuesta. La agencia puso especial énfasis en que varias de estas conductas ocurrieron cuando el cubano ya tenía una orden final de deportación.
Este elemento es relevante porque lo coloca dentro del perfil de personas que las autoridades migratorias suelen presentar como una prioridad para el arresto: extranjeros con órdenes pendientes y condenas por delitos que ICE considera amenazas para la seguridad pública.
La información oficial describe condenas, no simples acusaciones. No obstante, no detalla si Cardoza-Torres cumplió íntegramente cada sentencia, si obtuvo libertad supervisada o si alguno de los casos fue posteriormente revisado.
ICE presenta el caso como resultado de la cooperación con Miami-Dade
La agencia federal destacó que el arresto fue posible gracias a la colaboración de la Oficina del Sheriff de Miami-Dade. David J. Venturella, director interino de ICE, afirmó que Cardoza-Torres incumplió repetidamente las leyes penales y migratorias de Estados Unidos.
«Cardoza-Torres nunca fue residente permanente legal de los Estados Unidos y un juez de inmigración ordenó su deportación hace más de 26 años. Estamos hablando de una persona que ignoró por completo nuestras leyes de inmigración y también nuestras leyes penales», destacó el funcionario.
El funcionario también agradeció a las autoridades locales por facilitar una transferencia directa, una práctica que ICE considera más segura que intentar localizar y detener posteriormente a una persona en una residencia, un centro de trabajo o una vía pública. «Afortunadamente, la Oficina del Sheriff del Condado de Miami-Dade lo entregó a la custodia de ICE, donde permanecerá en espera de su deportación», añadió.
Cuando una cárcel notifica anticipadamente a ICE sobre la liberación de alguien considerado deportable, los agentes pueden asumir su custodia dentro de la propia instalación. Según la agencia, este procedimiento reduce los riesgos para los agentes, para el detenido y para otras personas que podrían estar presentes durante una operación migratoria en la comunidad.
Qué papel cumplen las órdenes de retención migratoria
La transferencia de un detenido desde una cárcel local hacia ICE suele coordinarse mediante una orden de retención o detainer migratorio. Un detainer es una solicitud enviada por ICE a una cárcel, prisión o agencia policial para que le notifique antes de liberar a una persona que podría ser deportable.
La solicitud también puede pedir que el detenido permanezca bajo custodia hasta 48 horas adicionales después del momento en que normalmente habría sido liberado. Ese margen permite que los agentes migratorios lleguen a la instalación y asuman su custodia.
ICE aclara que estos pedidos no constituyen por sí solos una nueva condena penal ni significan automáticamente que la persona será deportada. La agencia debe contar con una base legal para detenerla y continuar el procedimiento migratorio.
En casos como el de Cardoza-Torres, la existencia de una orden final de deportación constituye uno de los fundamentos que puede utilizar ICE para asumir la custodia del individuo. Si la agencia no recoge al detenido dentro del periodo autorizado, la institución local no puede prolongar indefinidamente el encarcelamiento únicamente por la solicitud migratoria.
El programa 287(g) amplía la participación de agencias locales
El caso ocurre mientras Florida profundiza la colaboración entre sus instituciones policiales e ICE mediante el programa 287(g). Este programa deriva de una disposición de la Ley de Inmigración y Nacionalidad que permite al Gobierno federal delegar determinadas funciones migratorias en agentes estatales y locales previamente capacitados.
Los funcionarios participantes pueden ayudar a identificar a extranjeros detenidos, consultar bases de datos federales, verificar órdenes migratorias y coordinar transferencias a ICE. No todos los policías locales se convierten automáticamente en agentes migratorios. Las tareas deben realizarse dentro de los límites del acuerdo firmado con ICE, bajo capacitación y supervisión federal.
El programa puede operar mediante diferentes modelos. Algunos se concentran en identificar personas dentro de las cárceles, mientras que otros permiten una colaboración más amplia en determinadas operaciones policiales. ICE sostiene que el 287(g) amplía la capacidad para localizar a personas deportables y fortalece la seguridad pública.
Una política que también genera críticas y preocupación
Aunque las autoridades federales presentan estos acuerdos como herramientas de seguridad, el programa 287(g) ha generado críticas entre organizaciones defensoras de inmigrantes y sectores comunitarios. Sus opositores advierten que una participación demasiado amplia de las autoridades locales en tareas migratorias puede generar desconfianza entre la policía y la población inmigrante.
Una persona sin estatus regular podría evitar denunciar un robo, una agresión o un caso de violencia doméstica por temor a que su información termine compartida con ICE. También existe preocupación por posibles errores de identificación, detenciones prolongadas y consecuencias para personas que todavía tienen casos abiertos o recursos legales pendientes.
Los defensores del programa responden que su atención se concentra principalmente en personas que ya fueron arrestadas por otras autoridades y que la verificación migratoria se realiza después de su ingreso en una cárcel. En el caso de Cardoza-Torres, ICE utiliza su historial de condenas y la antigüedad de la orden de deportación para justificar públicamente la intervención.
Una orden final no siempre conduce a una deportación inmediata
Recibir una orden definitiva de expulsión significa que el procedimiento migratorio llegó a una etapa en la que el Gobierno está autorizado a retirar a la persona del país. Sin embargo, la ejecución depende de múltiples factores administrativos y legales.
ICE debe comprobar la identidad y la nacionalidad del detenido, confirmar que la orden continúa vigente, obtener documentos de viaje y coordinar la aceptación del país de destino. El inmigrante también puede intentar solicitar una suspensión temporal, presentar una moción para reabrir el expediente o alegar que enfrenta persecución, tortura u otros riesgos graves si regresa a su país.
La simple presentación de un recurso no siempre detiene automáticamente la deportación. En algunos procedimientos es necesario solicitar expresamente una suspensión y esperar una decisión favorable. Las posibilidades de éxito dependen del tipo de orden, de los plazos vencidos, de las pruebas disponibles y del historial particular del solicitante.
Los antecedentes penales pueden limitar el alivio migratorio
Para una persona con varias condenas, la posibilidad de frenar una deportación puede ser considerablemente más reducida. La ley migratoria estadounidense establece consecuencias especialmente graves para determinados delitos relacionados con tráfico de drogas, armas, violencia, fraude y otras conductas clasificadas como delitos agravados o de depravación moral.
No todas las condenas producen exactamente el mismo efecto. El resultado depende del estatuto penal aplicado, de la sentencia, del estado donde ocurrió el caso y de la comparación entre la legislación penal y las normas federales de inmigración.
Sin embargo, un historial como el atribuido a Cardoza-Torres puede afectar solicitudes de residencia, cancelación de deportación, asilo y otros mecanismos de protección. También puede influir en la posibilidad de obtener una fianza migratoria. Algunas personas con ciertos antecedentes están sujetas a detención obligatoria mientras se define su expulsión.
Vivir durante décadas en Estados Unidos no elimina una orden
Uno de los elementos más llamativos del caso es el largo periodo transcurrido desde la llegada del cubano y desde la emisión de la orden de deportación. Cardoza-Torres entró al país en 1989 y fue detenido por ICE en 2026, lo que significa que había permanecido aproximadamente 37 años en Estados Unidos.
La orden judicial, por su parte, llevaba más de 26 años pendiente. Ese tiempo no convierte automáticamente a una persona en residente ni borra una decisión migratoria. Tampoco crea por sí solo un derecho permanente a permanecer en el país.
Los vínculos familiares y la cantidad de años de residencia pueden ser relevantes en algunas solicitudes humanitarias o defensas legales, pero deben ser presentados dentro de un recurso permitido por la ley. Cuando ya existe una orden definitiva, las opciones suelen ser más limitadas que durante la etapa inicial del proceso ante el tribunal de inmigración.
Un nuevo arresto puede reactivar expedientes olvidados durante años
El caso también demuestra que cualquier contacto con el sistema penal puede reactivar un expediente migratorio antiguo. Cuando una persona es fichada en una cárcel, sus huellas digitales y datos biográficos pueden ser comparados con registros federales.
Esa revisión puede revelar una orden de deportación, una entrada irregular, una pérdida de estatus o una alerta previa emitida por ICE. Por esa razón, alguien que haya permanecido durante años sin recibir visitas de agentes migratorios puede ser detenido después de una infracción, un arresto o el cumplimiento de una condena.
La cooperación entre ICE y las agencias locales reduce aún más la posibilidad de que una persona con una orden pendiente sea liberada sin que las autoridades migratorias sean notificadas.
El caso envía una advertencia a inmigrantes con procesos antiguos
La detención de Cardoza-Torres tiene implicaciones más amplias para quienes creen que una orden antigua dejó de tener efecto porque nunca fue ejecutada. Las decisiones finales permanecen registradas en los sistemas federales y pueden reaparecer cuando una persona solicita un beneficio, renueva determinados documentos, es detenida por la policía o comparece ante una dependencia gubernamental.
Los inmigrantes con expedientes de deportación deben revisar su situación con profesionales autorizados antes de realizar trámites que puedan exponerlos a una detención. También es fundamental distinguir entre una orden final, un proceso todavía abierto, una salida voluntaria, una supervisión de ICE y otros documentos migratorios. Cada figura produce consecuencias diferentes.
El hecho de que alguien haya sido liberado anteriormente por ICE tampoco significa necesariamente que la orden haya sido cancelada. En muchos casos, la liberación ocurre porque la deportación no podía ejecutarse en ese momento.
Qué podría ocurrir ahora con Elías Cardoza-Torres
ICE ha indicado que el cubano permanecerá detenido mientras se gestiona su deportación. El siguiente paso podría incluir la verificación de sus documentos, la coordinación con las autoridades cubanas y su traslado a otro centro de detención antes de ser colocado en un vuelo de repatriación.
No obstante, el calendario dependerá de la disponibilidad de documentos de viaje, de los vuelos y de cualquier acción presentada por su defensa. Si logra demostrar que existe una razón legal para reabrir el expediente o suspender su expulsión, la deportación podría demorarse mientras una autoridad analiza la solicitud.
Si no existe un recurso pendiente que bloquee la medida y Cuba acepta su retorno, ICE podría ejecutar la orden emitida en abril de 2000. Hasta el momento, la información disponible refleja únicamente la posición oficial de ICE. No se conoce públicamente la versión del detenido, de sus familiares o de sus representantes legales.
Mientras continúa bajo custodia federal, su caso se convierte en una muestra de la nueva presión que enfrentan en Florida los inmigrantes con órdenes antiguas, antecedentes penales y estatus migratorios que nunca llegaron a resolverse.






