La Fiscalía General de la República destacó hoy, desde sus redes sociales y en ocasión del Día Naranja, que la Ley 189/2026 “Código de Trabajo” consagra garantías específicas para la protección de la mujer trabajadora, en sus artículos 176 al 179.
La norma obliga al empleador a mantener condiciones seguras y saludables, permite medidas especiales temporales para equilibrar la igualdad efectiva, y establece la responsabilidad del Estado de asegurar atención médica durante el embarazo, descanso pre y postnatal y lactancia materna.
El Código reconoce beneficios como prestaciones durante la maternidad y en caso de enfermedad de hijos menores de 18 años, además de prohibir al empleador condicionar la contratación, permanencia o promoción de mujeres por su estado de embarazo.
Asimismo, protege a la gestante y a la madre con hijos de hasta 15 meses de edad, al eximirlas de trabajo extraordinario o en localidades distantes, y ratifica que el disfrute de la licencia pre y postnatal constituye un derecho irrenunciable.
La Fiscalía subrayó que estas disposiciones refuerzan la política estatal de defensa de los derechos de las mujeres y las familias, en consonancia con la jornada internacional de sensibilización contra la violencia de género.
ÚNETE, una campaña del Secretario General de la ONU en pro de la mujer, en especial para reducir y eliminar la violencia contra las féminas, ha proclamado el día 25 de cada mes como Día Naranja.


