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La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) pondrá en vigor un nuevo mecanismo para el cobro de las deudas tributarias, a partir de lo establecido en la Resolución 126/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios –publicada el pasado 18 de junio en la Gaceta Oficial–, con el propósito de fortalecer la disciplina fiscal, garantizar la recaudación oportuna de los ingresos y contribuir a la sostenibilidad financiera del Presupuesto del Estado.
La disposición forma parte de las acciones dirigidas a la modernización de la gestión tributaria en el país y será aplicable a las personas jurídicas estatales y no estatales, así como a las personas naturales con deudas tributarias determinadas y notificadas por la ONAT.
Según la norma, el procedimiento se aplicará únicamente cuando la deuda haya sido previamente determinada y notificada al contribuyente, y este no haya efectuado el pago dentro del plazo establecido, ni presentado reclamación, recurso o solicitud de aplazamiento ante la administración tributaria.
En esos casos, la ONAT emitirá una orden de cobro al banco correspondiente para debitar directamente el importe adeudado desde las cuentas bancarias habilitadas para tal fin y cuando no exista disponibilidad suficiente para cubrir la totalidad de la deuda, el cobro se realizará de manera parcial hasta completar el monto pendiente.
Según información brindada por la ONAT, para las personas jurídicas, el débito se efectuará desde la cuenta corriente, mientras que para las personas naturales se realizará desde la Cuenta Bancaria Fiscal.
La resolución también prevé que, ante conductas evasoras o subdeclarantes debidamente acreditadas mediante acciones de control fiscal, la administración tributaria podrá extender el cobro a las cuentas bancarias personales de los contribuyentes involucrados, previo apercibimiento, que se sustenta en lo dispuesto por la Ley 113 del Sistema Tributario y el Decreto 308, vigentes desde 2012.
Las autoridades tributarias precisaron que la medida respeta los derechos de los contribuyentes, pues solo se ejecutará una vez vencidos los plazos legales para efectuar el pago, solicitar aplazamiento o presentar los recursos establecidos, por lo que de esta forma, se garantiza que las personas naturales y jurídicas dispongan de las vías correspondientes para ejercer su defensa antes de la aplicación del procedimiento.
La ONAT aseguró además que el proceso se desarrollará bajo estrictas normas de seguridad, confidencialidad y transparencia, en coordinación con el sistema bancario nacional y los contribuyentes podrán verificar las operaciones realizadas a través de sus estados de cuenta y acceder a la información relacionada con el procedimiento.
La entidad destacó que los datos empleados para la ejecución de la medida provienen exclusivamente de sus sistemas informáticos y del Registro de Contribuyentes, y serán utilizados únicamente para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Antes de su implementación general, el mecanismo fue sometido a una prueba piloto en las 15 provincias del país y en 75 municipios, incluida la Isla de la Juventud, con la participación de más de 200 contribuyentes, cuyos resultados confirmaron la viabilidad y funcionalidad del procedimiento.
Entre los principales beneficios previstos se encuentran la reducción de la acumulación de deudas tributarias, el fortalecimiento de la disciplina fiscal, la disminución de los costos administrativos asociados a la gestión de cobro y la garantía de un flujo más estable de recursos destinados al sostenimiento de servicios públicos y programas sociales.
La Resolución 126/2026 entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República, periodo durante el cual se desarrollarán acciones de información y orientación dirigidas a los contribuyentes y a la población.
Para acompañar la puesta en marcha de la medida, la ONAT mantendrá disponibles sus canales de atención presencial, telefónica y digital en todas las oficinas del país; asimismo, en el Portal Tributario se encuentran habilitados materiales informativos, preguntas frecuentes y servicios de consulta especializados para atender dudas y ofrecer orientación sobre el nuevo procedimiento.
