La Fiscalía confirma su petición de absolución para Begoña Gómez, su asesora y Barrabés al no ver delito
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La Fiscalía confirma su petición de absolución para Begoña Gómez, su asesora y Barrabés al no ver delito

 Subraya que la esposa de Sánchez no cobró por codirigir la cátedra de la Complutense y descarta que los tres se beneficiaran o presionaran    La Fiscalía Provincial de Madrid ha oficializado ante el juez Juan Carlos Peinado su solicitud para la absolución de Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como de su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés, al considerar que no cometieron ningún delito, si finalmente hay juicio.    En su escrito de conclusiones dirigido al juez y al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal pide que "procede la libre absolución de los acusados" porque "los hechos narrados no son constitutivos de infracción penal".    Desde el Ministerio Público han pedido reiteradamente al instructor del 'caso Begoña Gómez' que archive la causa y ya avanzó hace meses que reclamaría la absolución de los tres acusados.    Peinado acordó el pasado junio abrir juicio oral con jurado popular a Gómez, Álvarez y Barrabés, algo que está pendiente de formalizarse ya que la Audiencia Provincial de Madrid tiene que deliberar sobre varios recursos presentados contra esa decisión.    Además, el juez decidió retirarles el pasaporte a Gómez y Álvarez, prohibirles salir de España y obligarlas a firmar cada quince días en sede judicial "durante el tiempo que dure la tramitación de esta causa y hasta que sea dictada una resolución firme".    El juez instructor atribuyó a Gómez y su asesora presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos, mientras que a Barrabés le achacó los dos primeros, sin imponerle medidas cautelares.    Por su parte, las acusaciones populares que lidera Hazte Oír reclaman 24 años de prisión para la esposa de Sánchez, 22 para la asesora y seis para Barrabés.    La Fiscalía argumenta en su escrito que Gómez "es ajena" a la entidad pública Red.es y al resto de entidades "que adjudicaron los contratos públicos al grupo Barrabés", sin que exista constancia de la existencia de "lazos personales, familiares, amistad o cualquier relación" con los miembros y personal de dichas entidades.    Tampoco existe "constancia" de "cualquier llamada, interlocución y personal de dichas entidades, y menos aún de que, de existir, las mismas hubieran sido dirigidas a persuadir a adoptar resolución alguna en favor" de Barrabés, según el escrito. LA ASESORA HA CUMPLIDO LA NORMATIVA EN SU TRABAJO    Respecto a la cátedra extraordinaria de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigió Gómez, el Ministerio Fiscal recuerda que, conforme a la normativa de la universidad, "no es preciso ostentar la condición de licenciado, diplomado, funcionario, o catedrático 'estricto sensu' para la promoción, participación, ni para la dirección de las citadas cátedras extraordinarias".    La Fiscalía apunta, además, que Gómez "no cobró cantidad alguna" por su actividad como codirectora de la cátedra de Transformación Social Competitiva que ha sido investigada en el marco de este proceso.    "Ni Begoña Gómez, ni Cristina Álvarez ni Juan Carlos Barrabés obtuvieron remuneración o beneficio directo o indirecto derivado de esta actividad, ni realizaron presión de ningún tipo sobre empresas para la promoción de la Cátedra de Transformación Social Competitiva y sus patrocinios", señala.    Además, agrega que "ninguno de los investigados se ha beneficiado económicamente de las actividades de creación del 'software' informático, ni consta que la UCM haya sufrido perjuicio patrimonial a consecuencia de las actividades desarrolladas".    En relación a la presunta apropiación indebida del 'software' de la universidad por parte de Gómez, el Ministerio Público señala que "ninguno de los acusados" ha realizado "una explotación mercantil del referido programa informático, ni consta hayan pretendido ostentar titularidad o propiedad frente a terceros".    Y sobre la asesora sostiene que "ha sido retribuida desde su nombramiento en 2018 conforme a su condición de funcionario eventual, puesto de trabajo, grupo y nivel, trabajo que ha desempeñado de forma real y efectiva, de acuerdo a la normativa vigente". MEDIDAS CAUTELARES "IMPROCEDENTES" Y "CONFABULACIÓN" DE PEINADO    Asimismo, el fiscal ha considerado, en un recurso al que ha tenido acceso esta agencia de noticias, "improcedentes las medidas cautelares" que el juez le impuso a Gómez y Álvarez, considerando que "los principios rectores que deben guiar la adopción de las mismas, se desvía de los mismos de forma manifiesta".    La Fiscalía argumenta que las acusadas "tienen indudable arraigo en territorio nacional; son españolas, sus familias son españolas y tienen también arraigo en territorio nacional; ambas desempeñan y han desempeñado sus actividades profesionales en España", por lo que asegura que las medidas adoptadas "lesionan en derecho a la libertad y son injustificadas, desproporcionadas e innecesarias".    Además, apunta que Gómez y Álvarez "carecen de nexos con el extranjero" y llama la atención de que el magistrado no apunte a "ningún país concreto donde tendrían facilidad de instalación e impunidad", así como que "carecen de bienes o activos que permitan dicha fuga e instalación fuera de España".    Y añade que "no será por la sospecha de bienes y ganancias ilícitas, a la vista del resultado de las exhaustivas pesquisas patrimoniales autorizadas desde el juzgado que descartaron las sospechas infundadas".    Asimismo, sostiene que la obligación de firmar con periodicidad quincenal fijada "carece de sentido" al "no existir riesgo de fuga" y señala que otro de los argumentos que "resultan carentes de lógica y racionalidad" es el "auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en una eventual fuga".    "No es fácilmente asumible esa visión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en un estado de Derecho como el nuestro. Y tampoco es fácil imaginar y asumir la confabulación que visualiza el instructor, por otro lado, planteada sin mayor justificación", argumenta.    El fiscal insiste en que las medidas cautelares "carecen de sentido", "salvo lo que se quiera hacer comparecer a las investigadas en sede judicial como una suerte de penalidad adicional anticipada y exposición pública".    "No concurre el riesgo de fuga pretendido, y las medidas adoptadas, afirmando tan eventualidad, no han sido motivadas ni justificadas atendiendo a la situación individualizada de las acusadas", concluye el fiscal, que reclama que queden sin efecto las cautelares.

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