Gobierno cubano autoriza a entidades presupuestadas a contratar directamente a sus propios trabajadores

El Gobierno cubano aprobó una modificación normativa que permite a los directivos de instituciones presupuestadas firmar contratos económicos con sus propios empleados para realizar servicios profesionales, trabajos de mantenimiento y otras actividades similares, según establece el Decreto 162 de 2026, publicado en la Gaceta Oficial.
El Consejo de Ministros de Cuba aprobó la norma —que modifica el Artículo 38 del Decreto 127 «De las Instituciones Presupuestadas»— para ampliar las atribuciones de los jefes de estas entidades, incluyendo la posibilidad de suscribir contratos económicos directamente con sus propios trabajadores.
La disposición fue emitida el 24 de julio de 2026 y firmada por el Primer Ministro Manuel Marrero Cruz; entró en vigor este martes al quedar publicada en la Gaceta Oficial No. 91 Ordinaria de 2026, páginas dos y tres.
El cambio central consiste en incorporar expresamente, entre las facultades del jefe de Unidad Presupuestada, la de «firmar contratos económicos de servicios o similares con sus propios trabajadores, para la realización de actividades profesionales, mantenimientos constructivos y similares».
Esta nueva atribución se suma a las que ya reconocía el Decreto 127: utilizar con eficiencia los recursos materiales y financieros asignados, abrir cuentas bancarias, crear centros de gastos, firmar contratos económicos en general, gestionar y acceder a cualquier fuente lícita de financiamiento, y asociarse con otro actor económico previa aprobación.
La retribución que perciban los trabajadores por estos contratos no tiene carácter salarial, sino que corresponde a una contraprestación por el servicio pactado, y las controversias que surjan se tramitan por la vía contractual, no como conflictos laborales ordinarios.
El decreto aclara, además, que estos contratos no eliminan ni modifican las garantías derivadas del vínculo laboral ordinario del trabajador con la entidad, incluidas las de seguridad y salud en el trabajo.
El propio texto de la norma explica su motivación: la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó las 176 Transformaciones Económicas y Sociales el 18 y 19 de junio de 2026, y entre esas medidas figura permitir que trabajadores de la propia entidad —tanto en el sector empresarial como en el presupuestado— realicen actividades profesionales y mantenimientos constructivos mediante contratos económicos.
El Decreto 162 forma parte del andamiaje normativo que respalda ese paquete de reformas. Según informó Miguel Díaz-Canel el lunes, el Gobierno ha aprobado 215 normas jurídicas para dar cobertura legal a las 176 transformaciones; al cierre de octubre, el 97,2% de las medidas —171 de las 176— contaban ya con sus bases jurídicas completadas.
El Decreto 127, que el Decreto 162 ahora modifica, fue aprobado el 5 de mayo de 2025 y estableció por primera vez un marco jurídico general para las aproximadamente 2,443 unidades presupuestadas que operan en Cuba —hospitales, escuelas y organismos de la administración central, entre otras—, entidades que concentran más del 50% de la fuerza laboral activa del sector estatal.
La Disposición Final Primera del Decreto 162 ordena a la ministra de Justicia publicar, en un plazo máximo de 30 días desde la entrada en vigor de la norma, la versión actualizada, revisada y concordada del Decreto 127 en la Gaceta Oficial.
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