EE.UU. actualiza trámites para la solicitud de visas de no inmigrante: ¿Cómo afecta a los cubanos?
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EE.UU. actualiza trámites para la solicitud de visas de no inmigrante: ¿Cómo afecta a los cubanos?

EE.UU. actualiza trámites para la solicitud de visas de no inmigrante: ¿Cómo afecta a los cubanos?

Pasaportes cubanos (Imagen de referencia) © CiberCuba
Pasaportes cubanos (Imagen de referencia) Foto © CiberCuba

El Departamento de Estado de Estados Unidos publicó una actualización sobre la tramitación de visas de no inmigrante (NIV) que entró en vigor de inmediato y tiene implicaciones directas para los cubanos que residen fuera de la isla.

La nueva norma -firmada el 15 de julio- establece que «Los solicitantes de visas de no inmigrante de EE.UU. deben concertar sus citas para la entrevista de visa en la embajada o el consulado de EE.UU. de su país de nacionalidad o residencia».

Para los cubanos, la actualización contempla una excepción relevante: quienes residan legalmente en un país donde exista una embajada o consulado estadounidense podrán tramitar allí su visa NIV, sin necesidad de acudir a la sede designada para ciudadanos cubanos en Georgetown, Guyana.

Sin embargo, acogerse a esa excepción implica cumplir condiciones concretas.

El primer requisito es demostrar residencia legal en el país donde se presenta la solicitud. Sin ese respaldo documental, la solicitud no procede bajo esta vía.

Además, las tasas abonadas no son reembolsables ni transferibles, independientemente del resultado de la solicitud.

El Departamento de Estado también advierte que presentar la solicitud fuera del país de nacionalidad o residencia, o fuera de la oficina de tramitación designada, «puede resultar en una espera considerablemente más larga».

La lista de oficinas designadas para visados NIV no registró cambios con esta actualización.

La medida no aplica a solicitantes de visas A, G, C-2, C-3 y de la OTAN, ni a visas diplomáticas u oficiales, ni a quienes tramiten visas para viajes amparados por el Acuerdo de la Sede de las Naciones Unidas.

El Departamento de Estado también aclara que «pueden hacerse excepciones en casos de emergencias humanitarias o médicas, o por razones de política exterior».

Esta actualización se produce en medio de un endurecimiento sostenido de las políticas migratorias de la administración Trump hacia los cubanos.

En 2025, Washington obligó a los ciudadanos cubanos a presentar sus solicitudes de visas NIV exclusivamente ante la sede de Georgetown, en Guyana.

Ese mismo año, desde el 9 de junio de 2025, el travel ban suspendió las visas B-1, B-2, F, M y J para ciudadanos cubanos, con excepciones muy limitadas.

Desde el 21 de enero de 2026, Cuba quedó incluida en el programa de fianzas obligatorias para visas B1/B2, con depósitos de entre 5,000 y 15,000 dólares según la determinación del funcionario consular, sin garantía de aprobación.

La embajada de EE.UU. en Cuba ofrece actualmente servicios limitados de visas de no inmigrante, aunque sí tramita todas las categorías de visas de inmigrante.

En paralelo a esta actualización, el 15 de julio EE.UU. anunció también un programa piloto vigente del 1 de julio al 31 de diciembre de 2026 que permite a solicitantes de visas B1/B2 pagar $750 adicionales para acceder a una cita de entrevista acelerada, en un plazo de hasta 10 días hábiles y sujeto a disponibilidad en las embajadas y consulados participantes.

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Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.



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