Corte de EE.UU. frena reclamación de herederos cubanos por una fábrica confiscada por el castrismo
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Corte de EE.UU. frena reclamación de herederos cubanos por una fábrica confiscada por el castrismo

Corte de EE.UU. frena reclamación de herederos cubanos por una fábrica confiscada por el castrismo

Justicia americana (Imagen de referencia) © CiberCuba/Sora
Justicia americana (Imagen de referencia) Foto © CiberCuba/Sora

Una corte federal de apelaciones de Estados Unidos confirmó la desestimación de una demanda presentada por siete ciudadanos estadounidenses, descendientes y sucesores del empresario Ramón Rodríguez Gutiérrez, contra dos compañías británicas acusadas de beneficiarse de una fábrica de tabaco confiscada por el régimen cubano en 1961.

La decisión fue emitida el jueves pasado por la Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito, que ratificó el fallo previo del Tribunal Federal para el Distrito Sur de Florida en favor de Imperial Brands y WPP.

La corte aclaró que los tribunales estadounidenses carecen de jurisdicción personal sobre esas empresas extranjeras en este caso.

El fallo es estrictamente jurisdiccional: no determina si las compañías utilizaron ilegalmente la propiedad, si incurrieron en «tráfico» de bienes confiscados conforme a la Ley Helms-Burton ni si los herederos tienen derecho a recibir una indemnización.

Los demandantes son propietarios de una participación del 90% en Ramón Rodríguez e Hijos Sociedad en Comandita, empresa que antes de la llegada del castrismo poseía y operaba una fábrica de cigarrillos en La Habana y un edificio de uso mixto adyacente.

Documentos del proceso en primera instancia identifican el inmueble como la fábrica Partagás. Según la demanda, el gobierno cubano confiscó en 1961 la empresa y sus propiedades durante la nacionalización de la industria tabacalera.

Los herederos alegaron que Habanos S.A., compañía controlada por el Estado cubano, utilizó las instalaciones para fabricar, almacenar, comercializar y distribuir puros. Tabacuba, el monopolio estatal del sector, habría instalado además oficinas en el edificio contiguo.

La demanda incluyó originalmente a Habanos S.A., Imperial Brands, WPP y las agencias publicitarias Young & Rubicam y Burson Cohn & Wolfe.

Imperial Brands, con sede en Reino Unido, adquirió en 2007 la compañía española Altadis, que tenía una participación no controladora del 50% en Habanos S.A. La multinacional británica se desprendió de esa participación indirecta en 2020.

Los demandantes sostuvieron que, entre 2010 y octubre de 2020, WPP y sus filiales ayudaron a promocionar productos de Habanos relacionados con la propiedad confiscada mediante sitios web y plataformas estadounidenses como Twitter, YouTube e Instagram.

La reclamación se presentó al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, que permite a ciudadanos estadounidenses reclamar daños económicos contra quienes presuntamente utilicen, administren o se beneficien de propiedades confiscadas por el gobierno cubano después del 1 de enero de 1959 sin autorización de sus titulares.

Sin embargo, el Undécimo Circuito concluyó que obligar a Imperial Brands y WPP a defenderse ante los tribunales estadounidenses impondría una carga «irrazonable».

Los jueces señalaron que ninguna de las dos empresas realizó directamente en Estados Unidos conductas relacionadas de manera significativa con las acusaciones, ni mantenía una presencia relevante en el país que justificara someterlas a la jurisdicción federal.

En el caso de WPP, los demandantes intentaron atribuirle las actividades desarrolladas por sus filiales estadounidenses.

La corte consideró insuficiente el argumento porque no se demostró que Young & Rubicam y Burson Cohn & Wolfe fueran simples extensiones o alter egos de la empresa matriz.

El tribunal también rechazó que la participación indirecta de Imperial Brands en Habanos S.A. permitiera responsabilizarla por las actuaciones de la compañía cubana. El fallo subrayó que Habanos estaba controlada por el Estado cubano y no por Imperial.

La corte reconoció que los herederos tienen un interés sólido en defender los derechos que les concede la Ley Helms-Burton y que los tribunales estadounidenses son los únicos donde pueden presentar ese tipo de reclamación.

No obstante, determinó que esos intereses no superaban las dificultades constitucionales para ejercer jurisdicción sobre las dos compañías británicas.

También recordó que la legislación del Reino Unido restringe la participación de sus empresas en litigios promovidos bajo el Título III de la Helms-Burton sin autorización gubernamental.

«En las circunstancias particulares presentadas, sostenemos que someter a WPP e Imperial a la jurisdicción de Estados Unidos impondría una carga irrazonable a ambas compañías», concluyó el tribunal.

La decisión confirma únicamente la desestimación de las reclamaciones contra Imperial Brands y WPP por falta de jurisdicción personal. Los magistrados no evaluaron el argumento alternativo de las empresas de que la demanda no exponía una reclamación legal suficiente.

Habanos S.A., por su parte, había quedado fuera del litigio anteriormente por un problema diferente: el tribunal determinó que el Distrito Sur de Florida no era el lugar judicial apropiado para procesar la reclamación contra esa compañía.

Por tanto, el fallo no exonera a las empresas de las acusaciones ni establece que la propiedad no fuera confiscada. Su alcance se limita a concluir que, bajo las circunstancias concretas del caso, Imperial Brands y WPP no pueden ser sometidas a este proceso ante los tribunales estadounidenses.

Preguntas frecuentes sobre la decisión judicial de EE.UU. y las reclamaciones por propiedades confiscadas en Cuba

CiberCuba te lo explica:

¿Por qué la corte de EE.UU. desestimó la demanda de los herederos cubanos?

La corte federal de EE.UU. desestimó la demanda porque los tribunales estadounidenses carecen de jurisdicción personal sobre las empresas extranjeras acusadas, Imperial Brands y WPP, en este caso. El fallo no aborda si las compañías utilizaron ilegalmente la propiedad confiscada ni el derecho de los herederos a recibir una indemnización.

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¿Qué implica el Título III de la Ley Helms-Burton?

El Título III de la Ley Helms-Burton permite a ciudadanos estadounidenses reclamar daños económicos contra quienes se beneficien de propiedades confiscadas por el gobierno cubano después del 1 de enero de 1959. Su activación en 2019 ha permitido la presentación de demandas en tribunales estadounidenses por estas confiscaciones.

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¿Qué decidió la Corte Suprema de EE.UU. respecto a las demandas por propiedades confiscadas en Cuba?

La Corte Suprema de EE.UU. ha fallado en varios casos a favor de permitir que las demandas por propiedades confiscadas en Cuba procedan. Esto podría abrir la puerta a miles de reclamaciones similares, potenciando el uso del Título III de la Ley Helms-Burton para buscar compensaciones por bienes expropiados.

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¿Cómo afecta la legislación del Reino Unido a las demandas bajo la Ley Helms-Burton?

La legislación del Reino Unido restringe la participación de sus empresas en litigios promovidos bajo el Título III de la Ley Helms-Burton, sin autorización gubernamental. Esto limita la capacidad de los tribunales estadounidenses para ejercer jurisdicción sobre compañías británicas involucradas en estas demandas.

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