ONAT podrá meter mano en cuentas bancarias por deudas tributarias vencidas
La ONAT podrá debitar deudas tributarias vencidas directamente de cuentas bancarias sin autorización del titular, según la Resolución 126/2026 vigente desde julio.
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La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) quedó facultada para debitar directamente de las cuentas bancarias de los contribuyentes cubanos los montos que adeuden al fisco, sin necesidad de autorización previa del titular, según establece la Resolución 126/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial el 18 de junio.
La norma, firmada el 25 de mayo por el ministro Vladimir Regueiro Ale, entra en vigor 30 días después de su publicación, lo que sitúa su aplicación efectiva alrededor del 18 de julio de 2026.
El mecanismo funciona mediante una «orden de cobro sin aceptación» que la ONAT envía directamente al banco correspondiente en formato digital, sin que el deudor deba aprobar la operación.
Para las personas jurídicas —estatales y no estatales— el débito se ejecuta desde la cuenta corriente; para las personas naturales, desde la Cuenta Bancaria Fiscal.
Sin embargo, cuando la ONAT acredite conductas de evasión o subdeclaración fiscal, la medida va más lejos: la orden de cobro puede extenderse a las cuentas bancarias personales del deudor, previo apercibimiento.
La Resolución 126/2026 publicada en la Gaceta Oficial No. 53 establece además que la jefa de la ONAT queda facultada para dictar disposiciones normativas adicionales para implementar el mecanismo, en coordinación con el Banco Central de Cuba.
El régimen precisa que el mecanismo solo aplica a deudas que ya adquirieron firmeza: fueron determinadas administrativamente, notificadas al contribuyente, vencieron sin pago y el deudor no presentó recurso ni solicitó aplazamiento.
Si el saldo disponible no alcanza para cubrir el total adeudado, el cobro se realiza de forma parcial y progresiva hasta saldar la deuda completa.
La ONAT defiende la medida argumentando que «la aplicación de esta medida no puede interpretarse como una intromisión en las finanzas del deudor porque solo se debitará de su cuenta bancaria el importe adeudado, porque no le corresponde, es del Presupuesto del Estado».
Antes de generalizarla, el régimen realizó una prueba piloto con más de 200 contribuyentes en las 15 provincias y 75 municipios, incluida la Isla de la Juventud, cuyos resultados calificó de favorables.
La medida llega en un momento especialmente delicado para los cubanos, quienes ya enfrentan un sistema bancario en crisis estructural: escasez de efectivo, terminales de pago inoperantes y falta de cobertura móvil.
En Sancti Spíritus, menos del 10% de las mipymes y trabajadores privados acepta transferencias bancarias de forma habitual, según datos de mayo de 2026.
A eso se suma que, según denuncias recientes, ciudadanos esperan hasta tres días para acceder al 40% de su salario debido a los fallos del sistema bancario.
El contexto fiscal tampoco es menor: la deuda pública máxima del Estado cubano para 2026 asciende a 123,772 millones de pesos, lo que refleja la presión que enfrenta el régimen para recaudar ingresos y explica la urgencia detrás de esta nueva herramienta de cobro forzoso.
Desde abril de 2025, el gobierno ya exige a los trabajadores por cuenta propia cuentas fiscales obligatorias para operar legalmente, lo que significa que la bancarización forzosa y el cobro automático forman parte de un mismo proceso de control financiero sobre los cubanos.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas medidas de cobro de la ONAT en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué establece la nueva resolución de la ONAT sobre el cobro de deudas tributarias en Cuba?
La Resolución 126/2026 permite a la ONAT debitar directamente de las cuentas bancarias de los contribuyentes cubanos las deudas tributarias vencidas, sin necesidad de autorización previa del titular de la cuenta. Este cobro se realizará mediante una «orden de cobro sin aceptación» enviada al banco correspondiente.
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¿Cuál es el procedimiento si el saldo de la cuenta bancaria no cubre la deuda completa?
Si el saldo disponible en la cuenta bancaria del deudor no es suficiente para cubrir el total adeudado, el cobro se realizará de forma parcial y progresiva hasta que se salde la deuda completa. Esto significa que la ONAT continuará retirando fondos de la cuenta a medida que estén disponibles.
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¿A quiénes afecta principalmente la nueva medida de la ONAT en Cuba?
La medida afecta a tanto personas jurídicas como naturales. Para las personas jurídicas, el débito se ejecutará desde la cuenta corriente, mientras que para las personas naturales se hará desde la Cuenta Bancaria Fiscal. Además, si se detectan conductas de evasión fiscal, la orden de cobro puede extenderse a las cuentas personales del deudor.
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¿Cómo se justifica esta medida en el contexto actual de Cuba?
La ONAT justifica la medida bajo el argumento de que el importe adeudado pertenece al Presupuesto del Estado y no al deudor. Sin embargo, esta decisión llega en un momento crítico para el sistema bancario cubano, que enfrenta problemas como escasez de efectivo y fallos en el acceso a salarios, lo que aumenta la presión sobre los contribuyentes.
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¿Qué impacto tiene la medida en las mipymes y trabajadores privados en Cuba?
Menos del 10% de las mipymes y trabajadores privados en Sancti Spíritus aceptan transferencias bancarias regularmente, lo que refleja un desafío adicional para cumplir con estas nuevas obligaciones tributarias. La medida podría agravar las dificultades financieras que ya enfrentan muchos de estos actores económicos debido a la crisis estructural del sistema bancario.
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