Nuevo fallo del Supremo fortalece el control migratorio sobre residentes permanentes
La Corte Suprema decidió 6-3 que los agentes fronterizos no necesitan pruebas sólidas para reclasificar a residentes permanentes como solicitantes de admisión.
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La Corte Suprema de Estados Unidos emitió este martes una decisión de alcance histórico para millones de titulares de green card: en el caso Blanche v. Muk Choi Lau, el tribunal resolvió por seis votos contra tres que los agentes fronterizos no están obligados a contar con pruebas claras y convincentes de que un residente permanente cometió un delito antes de tratarlo como solicitante de admisión al regresar al país.
La opinión mayoritaria, redactada por el juez Clarence Thomas con el respaldo de los magistrados Roberts, Alito, Gorsuch, Kavanaugh y Barrett, establece que la Ley de Inmigración y Nacionalidad no impone ese estándar probatorio a los oficiales de frontera, quienes deben tomar «decisiones rápidas en el momento» sin que la ley les exija una carga equivalente a la de un tribunal.
El caso surgió de la situación de Muk Choi Lau, ciudadano chino con residencia permanente desde 2007, quien viajó temporalmente a China mientras enfrentaba cargos penales en Nueva Jersey por falsificación de marcas comerciales.
Al intentar reingresar por el Aeropuerto JFK en junio de 2012, un agente migratorio no lo reconoció como residente ya admitido, sino que lo dejó entrar bajo libertad condicional (parole) mientras se resolvía su causa penal. Tras declararse culpable en 2013, el gobierno inició procedimientos de remoción por inadmisibilidad.
La distinción legal es fundamental para entender el impacto del fallo. Cuando un residente permanente es clasificado como «ya admitido», el gobierno debe probar su deportabilidad.
Pero si es tratado como «solicitante de admisión», es el propio inmigrante quien carga con la prueba de su admisibilidad, en un proceso generalmente más desfavorable.
La mayoría estableció un mecanismo de dos etapas: en la primera, basta con que el residente haya «cometido» un delito contemplado en la ley para que pueda ser reclasificado; en la segunda, se requiere condena o admisión del delito para declararlo inadmisible.
El punto más controvertido es que una condena obtenida meses o años después del reingreso puede validar retroactivamente la decisión tomada en la frontera.
La disidencia de la jueza Ketanji Brown Jackson, a la que se sumaron Sotomayor y Kagan, fue contundente. «Me preocupa que la Corte haya entregado al gobierno un cheque en blanco masivo», escribió Jackson, advirtiendo que la decisión permite al gobierno reclasificar a un residente permanente al llegar a la frontera y justificar esa decisión con evidencia recabada posteriormente.
El caso de Lau ilustra las consecuencias concretas de esa reclasificación. Al ser puesto en libertad condicional, las autoridades le confiscaron su green card física y le entregaron únicamente un formulario I-94 temporal.
Según la opinión disidente, ese documento fue «el único comprobante de su estatus durante los últimos 14 años», mientras Lau permaneció en un limbo migratorio. Tener solo ese papel temporal dificulta trabajar, abrir cuentas bancarias, obtener seguro médico o matricularse en instituciones educativas.
El fallo tiene implicaciones directas para la comunidad cubana en Estados Unidos.
ICE arrestó en Miami a Yaima Suárez, cubana madre de cinco hijos y residente permanente, al regresar de Cuba por un antecedente penal de 2013.
El abogado de inmigración Willy Allen ha advertido que cualquier residente con antecedentes penales que viaje al exterior puede ser detenido al regresar, independientemente del destino: «Si tú tienes un delito criminal y eres residente, no viajes sin consultar con un abogado».
ICE estima que entre 42,000 y 46,000 cubanos en Estados Unidos tienen órdenes finales de deportación por delitos criminales y están bajo supervisión con formulario I-220B, una cifra que cobra nueva relevancia a la luz de este precedente.
La Corte no resolvió si el delito específico de Lau constituye efectivamente un «delito de turpitud moral» y devolvió el caso al Segundo Circuito para ese análisis pendiente.
Jackson resumió la gravedad del precedente: «Por ley, los residentes permanentes son lo más cercano a la ciudadanía que se puede alcanzar sin naturalizarse. Hoy, la mayoría ignora ese hecho crucial».
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