La Gaceta Oficial de la República No. 81, de fecha primero de octubre de 2026, publicó la Resolución 200 del ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, que autoriza tasas superiores de depreciación y amortización para activos fijos destinados a la producción y procesamiento de alimentos.
Según precisó el Ministerio de Finanzas y Precios en su perfil de Facebook, la disposición fue emitida el 29 de agosto último y se apoya en la Ley 113 del Sistema Tributario, de 2012, que faculta al titular del ramo para establecer tasas máximas anuales de depreciación y amortización deducibles del Impuesto sobre Utilidades.
De acuerdo con el texto legal, las entidades que adquieran maquinarias y tecnologías vinculadas a la industria alimentaria podrán aplicar un régimen de depreciación acelerada, superior al fijado en la Resolución 701 de 2015, vigente hasta ahora para activos tangibles e intangibles.
El objetivo es estimular la inversión en un sector priorizado, al permitir que el mayor gasto por depreciación se considere deducible en los primeros años de vida útil de los equipos.
Ese beneficio fiscal tendrá un efecto positivo sobre el flujo de caja de las entidades que inviertan en la producción y el procesamiento de alimentos.
La Resolución 200/2026 entró en vigor desde su publicación este jueves en la Gaceta Oficial, sin establecer plazos adicionales ni condiciones complementarias.
(Con información de ACN)

