Jueces de inmigración no podrán ordenar deportación solo por no pagar la tarifa anual de asilo, según fallo del BIA
El Tribunal de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) emitió este viernes una decisión de precedente vinculante que protege a los solicitantes de asilo de ser deportados automáticamente por no pagar la tarifa anual requerida, en un fallo que tiene como protagonista a una ciudadana cubana.
La resolución, identificada como Matter of L-F-R-, 29 I&N Dec. 787, decidió que «Si un extranjero no paga la tarifa anual de asilo dentro del plazo establecido, su solicitud de asilo debe ser rechazada de plano («pretermitted») o considerarse abandonada».
La segunda decisión señala que «La tarifa anual de asilo y las consecuencias por no pagarla no se extienden a una solicitud de retención obligatoria de la deportación, ni a una solicitud de protección bajo la Convención contra la Tortura».
En términos prácticos, esto significa que un juez de inmigración no puede emitir una orden de deportación completa basándose únicamente en el impago de la tarifa, ya que otras formas de protección permanecen vigentes.
El caso surgió de la apelación de Lisneidis Figueroa Ramos, cubana cuya solicitud de asilo fue declarada abandonada el 25 de marzo de 2026 por un juez de inmigración, sin que ella hubiera recibido notificación adecuada sobre el pago requerido.
«A mí me pusieron una orden de deportación en ausencia, sin notificación, sin nada», relató la propia Lizney en un video publicado este viernes.
«Yo fui y contraté a la abogada Nera Shefer y su equipo de trabajo de Alianzas, donde ella mandó una apelación al BIA, ganamos el caso en el BIA y se convirtió en un precedente».
Lizney había presentado su solicitud de asilo el 13 de enero de 2025. La abogada Nera Shefer, con sede en Scottsdale, Arizona, llevó el caso ante el BIA, que sustentó la apelación y remandó el expediente a la corte de inmigración para procedimientos adicionales. El Departamento de Seguridad Nacional se opuso a la apelación.
La tarifa anual de asilo fue introducida por la administración Trump como parte de la Ley de Reconciliación y entró en vigor para casos pendientes ante las cortes de inmigración a partir del 1 de octubre de 2025, mediante el memorando PM 26-01 de EOIR, efectivo desde el 2 de enero de 2026.
En el año fiscal 2026, la tarifa asciende a $102, ajustada por inflación desde los $100 originales, y aplica a cualquier solicitud de asilo con más de un año pendiente, tanto ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) como ante las cortes de inmigración. No existe exención por dificultades económicas.
Antes de este fallo, existía incertidumbre legal sobre si el impago podía derivar en una orden de deportación completa, ya que algunos jueces declaraban abandonadas las solicitudes sin distinguir entre el asilo y otras formas de protección. La decisión del BIA aclara ese límite de forma vinculante para todo el sistema.
Paralelamente, un juez federal bloqueó la semana pasada la revocación de solicitudes de asilo y permisos de trabajo para miles de inmigrantes relacionada con las tarifas, lo que indica que la política sigue siendo objeto de litigios activos en los tribunales.
Lizney cerró su mensaje con una reflexión que resume el alcance del caso: «En mi caso es el caso que en este momento está viral por todo el país. Estoy nerviosa, me perdonan un poquito, pero estoy completamente agradecida con la abogada Nera y su equipo de trabajo».
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