Las sucursales de representaciones comerciales extranjeras establecidas en Cuba podrán realizar operaciones de comercio exterior y distribuir mercancías al por mayor en el país, según establecen las normas publicadas este viernes en la Gaceta Oficial No. 82 Ordinaria.
Hasta ahora, las empresas extranjeras actuaban como proveedoras, pero la nacionalización, transportación y distribución de las mercancías recaía en entidades cubanas importadoras.
Con las normas recién aprobadas, estas firmas podrán realizar operaciones comerciales hasta la distribución mayorista, lo que permitirá eliminar intermediarios de la cadena de distribución, según destacó en conferencia de prensa la viceministra de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Déborah Rivas Saavedra.
De acuerdo con la viceministra, el cambio también contribuirá a reducir los costos asociados al movimiento de mercancías, lo que podría reflejarse en precios más bajos para materias primas, insumos y productos terminados, en beneficio del mercado nacional y de la población.

Otra de las novedades incorporadas es la posibilidad de que las oficinas y sucursales de representación comercial extranjera contraten directamente a trabajadores cubanos.
Rivas Saavedra aclaró que este mecanismo ya había sido autorizado para las empresas con inversión extranjera como parte de las reformas, pero no para las representaciones comerciales, cuya actividad se regía por una normativa específica.
La viceministra destacó también las oportunidades abiertas a los cubanos residentes en el exterior para participar en proyectos de inversión extranjera, ya sea aportando capital desde fuera del país o desde territorio nacional, bajo las mismas condiciones previstas para otros inversionistas.
Sobre las reformas del comercio exterior, recordó que ya se encuentra vigente el procedimiento mediante el cual las personas jurídicas cubanas pueden solicitar directamente autorizaciones para importar y exportar, sin necesidad de recurrir a otras entidades como intermediarias.



