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Cuba publica decreto para atraer inversores extranjeros

Cuba publicó el Decreto 153/2026 que modifica el reglamento de la Ley de Inversión Extranjera para agilizar trámites y atraer capital externo en medio de una crisis económica severa.



Régimen cubano busca inversiones (Ilustración) © CiberCuba/Sora
Régimen cubano busca inversiones (Ilustración) Foto © CiberCuba/Sora

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El régimen cubano publicó este jueves el Decreto 153/2026 del Consejo de Ministros en la Gaceta Oficial No. 57 Ordinaria, una norma que modifica el reglamento de la Ley de la Inversión Extranjera vigente desde 2014 y con la que intenta acelerar la captación de capital externo en medio de una economía asfixiada.

El decreto, firmado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz y emitido el 3 de junio de 2026, modifica 13 artículos del Decreto 325, adiciona nuevos apartados y deroga varios fragmentos del reglamento anterior.

Según el texto oficial, la medida busca «dinamizar los procesos de evaluación, aprobación y operación de las modalidades de inversión extranjera, animados en el respeto a la soberanía e independencia nacionales».

La fórmula resume el alcance real de la reforma: el régimen intenta mostrarse más ágil ante los inversionistas, pero sin desmontar la arquitectura de control político, administrativo y económico que ha marcado el modelo cubano de inversión extranjera.

Entre los cambios más relevantes, el artículo 9 modificado abre una vía para negocios que no figuren en la Cartera de Oportunidades de Inversión Extranjera oficial.

La norma establece que, si después de publicada esa cartera surgieran intereses de negocios distintos a las propuestas incluidas, el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera valorará la factibilidad de promoverlos, siempre que se correspondan con las políticas sectoriales aprobadas.

Es decir, el gobierno admite cierta flexibilidad para atraer proyectos fuera del listado oficial, pero mantiene en manos del MINCEX la decisión de qué puede avanzar y bajo qué condiciones.

El artículo 14 refuerza, además, una condición estructural del modelo cubano: los convenios para la creación de empresas mixtas deben garantizar «la participación de la parte cubana en la administración o coadministración de la empresa».

También el artículo 11 mantiene una carga documental significativa para los interesados.

Las propuestas deben incluir solicitud de aprobación con aval del plan de negocios, propuesta de convenio de asociación, estatutos sociales, plan de negocios, propuesta de directivos cubanos para los órganos de dirección, nomenclatura de productos de importación y exportación y cualquier otro documento que requiera el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

La nueva regulación fija plazos que buscan dar apariencia de mayor eficiencia. Las solicitudes admitidas por el MINCEX serán remitidas a la Comisión de Evaluación de Negocios con Inversión Extranjera, que deberá evaluarlas en siete días hábiles.

Si la comisión pide adecuaciones, los solicitantes tendrán siete días naturales para presentar la propuesta modificada.

Las decisiones sujetas al Consejo de Estado o al Consejo de Ministros deberán dictarse en un plazo de 60 días naturales, mientras que las que correspondan a jefes de organismos de la Administración Central del Estado tendrán un plazo de 45 días.

Para determinados aumentos o disminuciones de capital que no impliquen cambios en el porcentaje de participación de las partes, la decisión queda en manos del ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y deberá adoptarse en 15 días hábiles.

Sin embargo, la propia Gaceta deja claro que la inversión extranjera seguirá pasando por una comisión evaluadora con fuerte presencia del aparato estatal.

La Resolución 79/2026, publicada en la misma edición, actualiza el Reglamento de la Comisión de Evaluación de Negocios con Inversión Extranjera y establece que ese órgano seguirá encargado de valorar oportunidades, evaluar propuestas, dictaminar modificaciones y formular recomendaciones.

Esa comisión opera bajo la presidencia del ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, y en el proceso intervienen organismos como Economía y Planificación, Finanzas y Precios, Justicia, Trabajo y Seguridad Social, el Banco Central, el CITMA, así como las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio del Interior.

La participación de las FAR se vincula a la compatibilización del desarrollo económico-social con los intereses de la defensa, mientras que el MININT evalúa asuntos relacionados con la Seguridad del Estado y el Orden Interior.

La inclusión explícita de esos filtros confirma que la inversión extranjera continuará sometida a controles políticos y de seguridad, no solo económicos.

La Resolución 78/2026, también del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, establece las bases metodológicas del plan de negocios.

Ese documento debe incluir proyecciones de ingresos, costos, gastos, utilidades, exportaciones, ventas en plataformas de comercio electrónico con pagos desde el exterior, ventas en plaza, importaciones, gastos financieros, fuerza laboral cubana y extranjera, salarios en CUP, inversiones previstas y beneficios directos para el país.

Por su parte, la Resolución 146/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios amplía de uno a dos años la vigencia del Certificado de Avalúo emitido por la Dirección de Patrimonio del Estado, una medida menor pero orientada a evitar que trámites demorados obliguen a repetir avalúos.

El Decreto 153 es la tercera modificación del reglamento desde su aprobación en 2014, tras los decretos 347 de 2018 y 366 de 2019, y se inscribe en una secuencia acelerada de reformas impulsadas por la urgencia económica.

Cuba acumula una caída del PIB de casi 26% desde 2020, con una proyección de -6,5% para 2026 según datos citados por CiberCuba a partir de estimaciones de la CEPAL, que colocan a la isla en el peor lugar del ranking económico regional.

En ese contexto, el gobierno de Díaz-Canel ha encadenado varias medidas para atraer divisas y capital.

En abril oficializó una condición migratoria especial para cubanos residentes en el exterior que quieran invertir en la isla, y en junio anunció un paquete de 176 transformaciones económicas que incluye la apertura de la inversión extranjera a empresas privadas y cooperativas, así como la extensión del derecho de superficie hasta 99 años.

El nuevo decreto, por tanto, no representa una liberalización plena, sino una flexibilización controlada: el régimen reduce algunos tiempos, amplía ciertas vías de promoción y ordena mejor los expedientes, pero conserva intacta la capacidad del Estado de autorizar, supervisar, condicionar y filtrar cada negocio extranjero que pretenda operar en Cuba.

Preguntas frecuentes sobre el Decreto 153/2026 y la inversión extranjera en Cuba

CiberCuba te lo explica:

¿Qué cambios introduce el Decreto 153/2026 en la inversión extranjera en Cuba?

El Decreto 153/2026 modifica 16 artículos del reglamento original de la Ley de la Inversión Extranjera de 2014, y permite que negocios no incluidos en la Cartera de Oportunidades puedan ser considerados por el Ministerio del Comercio Exterior. Esto busca agilizar el proceso de inversión extranjera en la isla.

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¿Cómo afecta el Decreto 153/2026 a la participación de cubanos en el exterior en la economía cubana?

El Decreto 153/2026 se enmarca en una serie de reformas que permiten a cubanos en el exterior invertir en la economía cubana, equiparándolos a inversores extranjeros. Estas reformas incluyen la posibilidad de invertir en mipymes y cooperativas, y participar en la economía bajo un nuevo marco legal.

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¿Qué impacto tiene el Decreto 153/2026 en el modelo económico cubano?

El Decreto 153/2026 refuerza la participación del Estado en las empresas mixtas, asegurando la administración o coadministración por parte cubana, lo que mantiene una condición estructural del modelo socialista. Sin embargo, intenta dinamizar y flexibilizar la inversión extranjera en sectores previamente restringidos.

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¿Cómo busca el régimen cubano atraer más inversión extranjera con este decreto?

El régimen cubano busca atraer más inversión extranjera mediante la agilización de los trámites y la flexibilización de las condiciones para negocios nuevos que no estén en la Cartera de Oportunidades, a la vez que mantiene un control significativo sobre las empresas mixtas y las inversiones estratégicas.

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