Cuba flexibiliza reglas para el sector privado, pero mantiene áreas clave bajo control estatal – Cubanoticias 360
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Cuba flexibiliza reglas para el sector privado, pero mantiene áreas clave bajo control estatal – Cubanoticias 360

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Foto: Archivo CN360

El gobierno cubano anunció una de las mayores modificaciones al marco regulatorio del sector privado desde que comenzó la expansión de las mipymes en la isla. El nuevo Decreto 160/2026, publicado este martes en la Gaceta Oficial, reduce de 125 a 79 las actividades prohibidas para los actores económicos no estatales y flexibiliza otras 35, abriendo nuevas oportunidades de negocio en sectores que hasta ahora permanecían cerrados.

No obstante, la reforma mantiene bajo control exclusivo del Estado actividades consideradas estratégicas, como la atención médica, la educación formal, el periodismo, la radio, la televisión y las agencias de noticias, al tiempo que deja claro que la ampliación del espacio para el sector privado no supone un cambio del modelo económico.

El nuevo decreto sustituye las restricciones anteriores

La nueva norma deroga el Decreto 107, vigente desde agosto de 2024, y reorganiza el listado de actividades económicas mediante cuatro categorías: actividades prohibidas, actividades reservadas al Estado, actividades vedadas únicamente para los trabajadores por cuenta propia y actividades que podrán ejercerse bajo determinadas condiciones o autorizaciones.

Según explicó la presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, Lázara Mercedes López Acea, 46 actividades desaparecen completamente del listado de prohibiciones, mientras que otras 35 modifican sus condiciones de ejercicio.

La funcionaria insistió en que la medida responde a un proceso de revisión realizado junto a los propios actores económicos, pero que no se está pensando en la privatización de la economía, sino en mantener la empresa estatal socialista como eje principal del sistema económico.

Nuevos espacios de inversión para empresas privadas

Entre las novedades más relevantes figura la posibilidad de que empresas privadas, mipymes y cooperativas participen, previa autorización estatal, en actividades que anteriormente estaban reservadas exclusivamente al Estado.

Entre ellas aparecen la extracción de petróleo y gas, la pequeña minería, la fabricación de sustancias químicas básicas, la producción de medicamentos, el ensamblaje de automóviles, motocicletas y triciclos, así como la construcción de embarcaciones para pesca comercial y actividades recreativas autorizadas.

También podrán participar en la generación y comercialización de electricidad a partir de fuentes renovables, en la gestión de residuos sólidos y en la explotación de estaciones de servicio, bajo diferentes modalidades reguladas por el Estado.

Transporte, comercio e infraestructura

El decreto amplía las posibilidades de participación privada en áreas vinculadas al transporte y la infraestructura.

Las mipymes y cooperativas podrán gestionar estaciones ferroviarias, terminales, carreteras, peajes, puentes y túneles mediante concesiones o arrendamientos de activos estatales. Asimismo, podrán administrar marinas y determinados servicios auxiliares del transporte aéreo, aunque el transporte marítimo internacional y de cruceros continúa reservado al Estado.

En el ámbito comercial desaparecen varias restricciones que habían generado críticas entre empresarios privados. El comercio mayorista deja de estar condicionado a mantener relaciones contractuales con empresas estatales y podrá desarrollarse como actividad principal o secundaria para mipymes y cooperativas. Sin embargo, los trabajadores por cuenta propia seguirán sin poder realizar esta actividad.

Actividades culturales y servicios profesionales

La nueva regulación también flexibiliza diversas actividades profesionales y creativas. Se autoriza, bajo determinadas condiciones, la producción audiovisual y cinematográfica, la creación de sellos discográficos, estudios de grabación, servicios de posproducción, alquiler de equipos para producciones artísticas y selección de elencos.

Además, se amplía el ejercicio privado de profesiones como contabilidad, diseño, programación informática, fotografía, traducción certificada, veterinaria e ingeniería vinculada a energías renovables.

Cambios en el sector de la salud

Aunque la atención médica y odontológica continúa siendo una función exclusiva del Estado, el decreto abre espacios limitados para la participación privada en determinados servicios sanitarios.

Las mipymes y cooperativas podrán operar farmacias privadas, ofrecer servicios ópticos, de rehabilitación y de cuidados, siempre que obtengan las autorizaciones correspondientes del Ministerio de Salud Pública.

Las nuevas farmacias deberán contar con personal farmacéutico calificado, locales habilitados por las autoridades sanitarias y comercializar únicamente medicamentos registrados oficialmente. Las autoridades defienden esta apertura como una alternativa para aliviar el desabastecimiento de medicamentos, aunque aclararon que la red estatal de farmacias continuará funcionando con precios subsidiados.

Residencias privadas para adultos mayores

Otra de las novedades será la autorización para crear residencias privadas de cuidados diurnos y permanentes para personas mayores. Cada institución podrá disponer de hasta 60 plazas y deberá reservar un 10 por ciento de su capacidad para personas vulnerables designadas por el Ministerio de Salud Pública. Estos centros no contarán con médicos propios, ya que la atención sanitaria continuará siendo responsabilidad del médico de familia o del profesional asignado por el municipio.

A pesar de la flexibilización, persisten importantes restricciones

Pese a la flexibilización, numerosas actividades continúan fuera del alcance del sector privado. El gobierno mantiene la prohibición de ejercer el periodismo, crear agencias de noticias, publicar periódicos y revistas, administrar emisoras de radio y televisión o impartir enseñanza formal con certificación oficial.

También permanecen reservadas al Estado actividades como la seguridad privada empresarial, los seguros, los fondos de pensiones, la producción mayorista de tabaco y buena parte de las telecomunicaciones.

Durante la presentación de la norma, las autoridades aseguraron que los cambios buscan aprovechar mejor el capital humano existente, ampliar la participación de los actores económicos no estatales y contribuir al desarrollo de las economías locales. Según datos oficiales, actualmente existen más de 15 000 mipymes aprobadas en Cuba y el gobierno estima que esa cifra se acercará a las 16 000 antes de finalizar agosto.

El Decreto 160 entrará en vigor dentro de siete días. Durante ese plazo, los organismos responsables deberán publicar las regulaciones específicas que definirán los requisitos, licencias y procedimientos necesarios para ejercer las nuevas actividades autorizadas.

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