LA HABANA.- Próxima a entrar en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial de la República, la nueva Ley del Registro Civil (Ley No. 180) permite novedades para el ejercicio de esa actividad en el territorio nacional.
A través de sus redes sociales, el Ministerio de Justicia informó que a partir de la puesta en vigor de la normativa se podrá inscribir el nacimiento de un menor en cualquier oficina registral del país, con lo cual se elimina la territorialidad en la inscripción.
Como un paso en la informatización de la sociedad, los certificados tendrán validez legal no solo en papel sino que se incluye el formato digital, los cuales podrán ser verificado en línea.
En concordancia con otras normas aprobadas en el país, la Ley protege expresamente la intimidad de las personas y la privacidad de los datos personales, al equilibrar el Registro Civil la publicidad de la información con la protección de datos sensibles, tal como establece la Constitución de la República y la Ley de Protección de Datos Personales.
De igual manera, en sintonía con las múltiples configuraciones filiales que reconoce el Código de las Familias se podrán inscribir la multiparentalidad, las uniones de hecho afectivas, los pactos de convivencia, la guarda de hecho y el acogimiento familiar.
La ley simplificará los procedimientos a seguir y permitirá corregir errores en actas por vía administrativa, según su tipo, sin tener que recurrir a los tribunales.
Asimismo, la ley garantizará accesibilidad universal y reconocerá la provisión de apoyos para el ejercicio de los derechos registrales de las personas en situación de discapacidad.