La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exigió al Gobierno cubano anular la condena de nueve años de prisión del artista y preso político Maykel Castillo Osorbo, así como investigar su desaparición forzada de 14 días y reformar los delitos para castigar la protesta y el disenso. A partir de una denuncia presentada por la organización Prisoners Defenders (PD) en 2021, el organismo concluyó que el régimen violó los derechos a la libertad, integridad, expresión artística, reunión, asociación, justicia y debido proceso del activista. En un comunicado publicado este martes, PD celebró el fallo plasmado en el Informe No. 78/26 y señaló que la CIDH resolvió que el arresto del cofundador del Movimiento San Isidro, el 18 de mayo de 2021, fue ilegal. “Maykel Osorbo no estaba cometiendo delito, no estaba en flagrancia, no existía constancia de una orden de detención, no había riesgo probado de fuga y la prisión provisional ni siquiera había sido dictada aún. Fue detenido mientras almorzaba”. Además, remarcó que “uno de los puntos más graves de la resolución es la desaparición forzada” sufrida por el artista. La CIDH concluyó que entre el 18 y el 31 de mayo de 2021, el paradero de Maykel Osorbo permaneció incierto. “Durante esos 14 días, allegados, familiares y defensores buscaron información en estaciones policiales y organismos estatales sin obtener una respuesta real”. Para la comisión, al no proporcionar información precisa sobre dónde estaba recluido, “el Estado se rehusó en la práctica a revelar su paradero. Esto, unido a que la detención fue realizada por agentes estatales, configura desaparición forzada”. “Durante esos 14 días, allegados, familiares y defensores buscaron información en estaciones policiales y organismos estatales sin obtener una respuesta real” El organismo también indicó que la prisión provisional posterior del artista fue arbitraria. “La Fiscalía cubana sostuvo la privación de libertad sin justificar un riesgo de fuga ni de obstrucción del proceso, e incluso rechazó sustituirla por una medida no detentiva, aun reconociendo que no existía peligro de que Maykel saliera de La Habana, en violación de su libertad personal y de la presunción de inocencia”. También indicó que el proceso penal “fue una cadena de vulneraciones”. Castillo no pudo entrevistarse adecuadamente con su abogado durante una etapa decisiva. Además, su encarcelamiento lejos de La Habana obstaculizó su defensa, su abogada fue inhabilitada tres días antes del juicio y otro jurista tuvo que asumir la representación sin tiempo suficiente de preparación. Además, la comisión señaló que el juicio se celebró a puerta cerrada, impidiendo el acceso de diplomáticos y ciudadanos. Por ello, para la CIDH, el Gobierno cubano “no garantizó un debido proceso ni una defensa efectiva para Osorbo”, quien fue sentenciado en mayo de 2022 por “desacato, desórdenes públicos, ataque y difamación de instituciones, organizaciones, héroes y mártires”. Prisoners Defenders destacó que la comisión le dio la razón al eje de su denuncia: el coautor e intérprete de Patria y Vida, canción ganadora de dos Grammy Latinos no fue encarcelado por cometer delitos, sino por ejercer derechos. Por ello, la organización con sede en Madrid aseguró que “la condena de nueve años queda jurídicamente deslegitimada”, pues la comisión concluye que fue producto de un proceso sin garantías y que sancionó penalmente conductas protegidas por derechos humanos”. El organismo exigió al régimen, además de anular la condena, reparar integralmente las violaciones declaradas Por último, el organismo exigió al régimen, además de anular la condena, reparar integralmente las violaciones declaradas, así como garantizar la atención en salud física y mental para Osorbo, su hija –a quien le han impedido visitar al rapero en prisión– y su pareja Anamely Ramos. Además, instó a investigar penalmente, “de forma diligente y efectiva”, la desaparición forzada sufrida en 2021; llamó a la rendición de cuentas de los funcionarios involucrados y a abstenerse de volver a detener, procesar o condenar al músico por su actividad. También pidió garantías para que un caso así no se vuelva a repetir, reformar la prisión provisional, asegurar acceso real a la defensa, derogar el delito de desacato, modificar el de desórdenes públicos para que no sea usado contra la protesta, y abstenerse de utilizar el de atentado u otros tipos penales para perseguir a disidentes, artistas y defensores de derechos humanos.
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