«Sabían la sentencia antes que nosotros»: masones denuncian filtración a la prensa oficialista

El escritor y opositor Ángel Santiesteban Prats denunció que el Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre entregó los nombres de los acusados y el contenido de la sentencia al medio oficialista Razones de Cuba antes de que la jueza terminara de leerla en sala, en lo que calificó como prueba de que el fallo estaba predeterminado desde el inicio.
«El tribunal que nos ‘juzgó’, entregó nuestros nombres y sentencias a los medios periodísticos oficialistas. Incluso, sabían la sentencia antes que nosotros. Aún estábamos escuchando a la jueza dentro de la sala, cuando en el desespero por asesinar nuestra reputación, salían nuestros nombres en los medios oficiales», escribió Santiesteban Prats en su perfil de Facebook el viernes.
El tribunal condenó el miércoles a cuatro masones cubanos por supuesto tráfico ilegal de divisas: José Ramón Viñas Alonso, exsoberano gran comendador del Supremo Consejo del Grado 33, recibió cuatro años de limitación de libertad y una multa de 25,000 pesos; Fernando Marcos García, contador del Asilo Nacional Masónico «Llansó», fue sancionado con tres años y 20,000 pesos; y Santiesteban Prats junto a Osvaldo Ernesto Villegas Digat recibieron dos años de limitación de libertad y 20,000 pesos cada uno.
Como sanciones accesorias, los cuatro condenados recibieron privación de derechos, prohibición de salida del país e inhabilitación para ejercer cargos u oficios.
El caso se originó en dos operaciones de cambio de divisas por un total de 300 dólares —fondos del asilo— realizadas a la tasa del mercado informal: 200 dólares en septiembre de 2023 y 100 dólares en junio de 2025. Según la defensa, el primer cambio sirvió para comprar leche en polvo para los ancianos residentes, y el segundo permitió a Villegas Digat adquirir un medicamento para su hijo.
Santiesteban Prats señaló que la filtración a los medios estatales demuestra que la condena no era una decisión judicial sino una orden política: «Esto prueba que no se lo creen ni ellos mismos. Mucho menos cuando ya estaba adelantada la sentencia por los esbirros de la in-seguridad del estado que nos lo habían advertido».
El escritor relató que una teniente coronel de la Seguridad del Estado identificada como «Kenia» le ofreció previamente dejarle salir del país si abandonaba el cargo de soberano gran comendador, al que había sido elegido apenas el 26 de septiembre con 19 votos. Ante su negativa, la oficial le advirtió que sería llevado a juicio y sancionado. «Se cumplió todo lo que amenazó la Seguridad del Estado. Ellos dijeron, o se quitan o los quitamos», declaró en un video difundido por CubaNet.
Durante el juicio, Santiesteban Prats denunció irregularidades en el proceso: «Yo no entendía por qué en todas esas horas que nos habían tenido ahí, no se había podido demostrar en el juicio que yo había cometido un delito. El instructor mintió, dijo cosas que no estaban en mi declaración». Identificó además la presencia de la teniente coronel Kenia y del jefe de Villa Marista entre los asistentes al tribunal.
La organización jurídica Cubalex había cuestionado la legitimidad del proceso en un análisis publicado la víspera del juicio, señalando que ambas operaciones estaban registradas en los libros contables del asilo —lo que descarta clandestinidad— y que la investigación fue asignada al Órgano Especializado en Delitos Contra la Seguridad del Estado del MININT, inusual para un caso de cambio de divisas. El escrito de acusación incluyó además valoraciones ideológicas sobre Santiesteban Prats, entre ellas que «se expresa abiertamente en contra del proceso revolucionario» y «no se dedica a ninguna actividad socialmente útil».
La jueza designada para presidir el juicio, Zamira Marrero Morgado, es la misma magistrada que en octubre de 2026 condenó a la creadora de contenido Anna Bensi y su madre a dos años de limitación de libertad cada una.
Pese a la condena, Santiesteban Prats cerró con una declaración de firmeza: «Nunca hicimos un trato, nunca aceptamos nada y la dignidad del Supremo Consejo no la pongo a cuestión ni a merced de una sentencia, ni de presiones, ni de nada». Tanto los condenados como el fiscal tienen derecho a interponer recurso de apelación, que deberá resolver el Tribunal Provincial Popular de La Habana.
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