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La detección de operaciones financieras irregulares, la investigación de posibles delitos y la recuperación de los recursos defraudados forman parte de las acciones que desarrollan las autoridades cubanas para enfrentar la evasión fiscal, una conducta que afecta los ingresos destinados al Presupuesto del Estado.
Durante una emisión del programa televisivo Hacemos Cuba, representantes del Ministerio del Interior (Minint), la Fiscalía General de la República (FGR) y la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) explicaron los mecanismos de investigación y las consecuencias legales del incumplimiento de las obligaciones tributarias.
El teniente coronel Yisnel Rivero Crespo, jefe de Departamento de Delitos Económicos del Minint, señaló que la prevención constituye la primera prioridad en el enfrentamiento a estas conductas.
Explicó que las investigaciones pueden comenzar a partir de una denuncia relacionada directamente con la evasión fiscal o como resultado de otras pesquisas en las que aparecen evidencias de posibles irregularidades tributarias.
En estos casos, los órganos investigativos examinan bienes, cuentas bancarias y flujos financieros, con el propósito de determinar la naturaleza de las operaciones, identificar a los responsables y recuperar los fondos defraudados.
Rivero Crespo precisó que estas acciones se desarrollan mediante la cooperación con la ONAT, la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central de Cuba, la Aduana General de la República y la Contraloría General de la República, entre otras instituciones.
Añadió que, dependiendo de la complejidad de los hechos, las investigaciones pueden revelar otros delitos asociados, como el lavado de activos, así como la existencia de bienes susceptibles de confiscación o comiso.
¿QUÉ OCURRE SI EL EVASOR PAGA LA DEUDA?
Moraima Velázquez Romero, fiscal jefa de Departamento de la Dirección de Procesos Penales de la FGR, explicó que el delito de evasión fiscal está regulado a partir del artículo 319.1 del Código Penal cubano.
Aclaró que la responsabilidad penal no se limita a quienes dejan de cumplir sus obligaciones tributarias, sino que también puede alcanzar a personas que, por las funciones que desempeñan, falsean información relacionada con esa actividad.
Uno de los aspectos abordados fue la posibilidad de que el contribuyente investigado reconozca la deuda y decida pagarla antes de la conclusión del juicio oral.
Según explicó la fiscal, la legislación contempla que, en determinadas circunstancias, el pago de la obligación permita adoptar decisiones como el archivo de las actuaciones o la no presentación del caso ante el tribunal.
No obstante, precisó que esa posibilidad está condicionada a que no haya existido falsedad o maniobras destinadas a engañar a las autoridades tributarias.
La representante de la Fiscalía también señaló que durante el proceso investigativo pueden adoptarse medidas cautelares, entre ellas la fianza y el embargo preventivo, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones pendientes.
LA ONAT, AUTORIDAD FACULTADA PARA PRESENTAR LA DENUNCIA
Belkis Pino Hernández, vicejefa primera de la ONAT, explicó que la Administración Tributaria desempeña una función determinante en estos procedimientos, al ser la autoridad facultada para presentar las denuncias por presuntos delitos de evasión fiscal.
Durante las acciones de control pueden detectarse irregularidades, como la utilización de una doble contabilidad, que constituyen indicios de posibles conductas delictivas.
En tales circunstancias, la ONAT coordina con los órganos investigativos del Minint para esclarecer los hechos.
Pino Hernández señaló que la Administración Tributaria también dispone de mecanismos para recuperar las deudas con el Presupuesto del Estado, entre ellos el embargo de bienes y cuentas bancarias.
Precisó que el embargo de cuentas figura entre las medidas más utilizadas, pues permite destinar los fondos que ingresan a ellas al pago de las obligaciones pendientes.
La directiva insistió en que el propósito fundamental de la institución es lograr el cumplimiento voluntario de los deberes tributarios, antes que recurrir a medidas sancionadoras.
CAMBIOS PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
Como parte de las transformaciones económicas, la ONAT trabaja en propuestas para simplificar el sistema tributario, incluida la posible recuperación de un régimen simplificado para contribuyentes que desarrollan actividades de menor complejidad.
Pino Hernández explicó que este mecanismo permitiría agrupar determinadas obligaciones en un solo tributo, a diferencia del régimen general, que establece pagos separados y la presentación de una declaración jurada anual.
Asimismo, informó que se estudia la actualización de la escala progresiva del impuesto sobre los ingresos personales, a partir de las condiciones actuales y los planteamientos recibidos de los contribuyentes.
También destacó los beneficios fiscales destinados a inversiones en fuentes renovables de energía y a determinadas iniciativas de responsabilidad social, sujetas a los controles y requisitos establecidos.
Los especialistas coincidieron en la necesidad de fortalecer la cultura tributaria, tanto desde el conocimiento de las disposiciones legales como desde la responsabilidad individual y colectiva.
En ese sentido, subrayaron que la prevención, el control y la actuación coordinada de las instituciones constituyen elementos esenciales para evitar la evasión fiscal y proteger los recursos públicos.



