Nuevo Decreto 164 amplía la autonomía salarial de las empresas estatales
5 de Septiembre Portada

Nuevo Decreto 164 amplía la autonomía salarial de las empresas estatales

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La nueva norma descentraliza la organización salarial en el sistema empresarial estatal, vincula el crecimiento de los ingresos a la productividad y la capacidad económico-financiera de cada entidad

El Decreto 164 De la organización del sistema salarial en el sector empresarial estatal y sus normas complementarias –publicado en la Gaceta Oficial de la República en su edición ordinaria número 63– redefine la organización salarial en el sistema empresarial estatal cubano, al conferir a las entidades mayores facultades para decidir cómo remunerar a sus trabajadores, siempre en correspondencia con sus resultados económicos y financieros y mediante procesos de negociación con la organización sindical.

La disposición, presentada este viernes por el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jesús Otamendiz Campos, sustituye al Decreto 138 de 2025 y forma parte de las transformaciones económicas y sociales que impulsa el país para fortalecer el papel de la empresa estatal socialista como pilar fundamental de la economía nacional.

MÁS AUTONOMÍA PARA UNA EMPRESA ESTATAL MÁS EFICIENTE

 

Uno de los principales cambios que introduce el Decreto 164 es la ampliación de la autonomía empresarial en materia de organización salarial y gestión de los recursos humanos.

 

La norma elimina la autorización previa que exigían disposiciones anteriores para aplicar nuevos sistemas de pago. A partir de ahora, todas las empresas estatales, grupos empresariales, filiales con autonomía, sociedades mercantiles de capital 100 % cubano e instituciones financieras del sistema bancario nacional podrán determinar su organización salarial de forma descentralizada.

Además, con las adecuaciones previstas, podrá aplicarse en las unidades presupuestadas con tratamiento especial y en las organizaciones que financian sus gastos con ingresos propios.

Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, explicó que esta decisión da continuidad al proceso iniciado en 2021 para ampliar las facultades de la empresa estatal y colocarla en condiciones similares al resto de los actores económicos.

 

El propósito es que cada entidad pueda adoptar las decisiones que mejor respondan a sus características productivas y organizativas, sin más límite que su capacidad económico-financiera y el cumplimiento de los principios establecidos en la legislación.

EL SALARIO CRECE CON LOS RESULTADOS

El nuevo decreto ratifica un principio esencial: los salarios solo podrán crecer de manera sostenible sobre la base de una mayor eficiencia, productividad y creación de riqueza.

Los niveles salariales dependerán de la capacidad económica y financiera de cada empresa. En consecuencia, el crecimiento del fondo de salario estará condicionado al incremento de la eficiencia y de los resultados productivos, de manera que mayores aportes generen mayores ingresos para los trabajadores.

«El objetivo fundamental es incrementar los niveles productivos y la productividad del trabajo», explicó Sarmiento Cabanas. El aumento de los salarios, precisó, constituye una consecuencia de esos resultados y no un punto de partida.

Como parte de esta flexibilización, desaparecen las restricciones que establecía el Decreto 138 sobre la estructura del fondo salarial. Las empresas podrán diseñar sus propios sistemas de remuneración, combinando salario básico, pagos por resultados, incentivos y distribución de utilidades, siempre de acuerdo con sus posibilidades económicas y previo acuerdo con la organización sindical.

También el fondo de salario deberá planificarse anualmente en función de las capacidades económicas y financieras de cada entidad, otorgando mayor margen de decisión a sus directivos para gestionar los recursos humanos.

 

La norma contempla, además, que las unidades presupuestadas con tratamiento especial que generan ingresos propios puedan aplicar sistemas de incentivos a sus trabajadores, en correspondencia con los resultados alcanzados.

PARTICIPACIÓN, EQUIDAD Y PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES

Otro de los pilares del Decreto 164 es fortalecer la participación de los trabajadores en las decisiones relacionadas con su remuneración.

La organización del sistema salarial deberá evaluarse por la administración, acordarse con la organización sindical, analizarse en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores e incorporarse posteriormente al Convenio Colectivo de Trabajo. De esta forma, las decisiones sobre salarios dejan de ser un proceso exclusivamente administrativo y pasan a construirse con la participación de los colectivos laborales.

La norma refuerza así el papel del movimiento sindical como representante de los trabajadores durante todo el proceso de negociación y aprobación de los sistemas de pago.

El decreto también preserva principios esenciales de justicia social. Garantiza la igualdad de derechos y oportunidades en materia salarial y mantiene el principio de igual salario por trabajo de igual complejidad, sin discriminación de ningún tipo.

Asimismo, protege el salario básico de los trabajadores, el cual no podrá disminuir, y establece que ningún empleado podrá recibir una remuneración inferior al salario mínimo vigente en el país, fijado actualmente en 3 210 pesos.

En el caso de las empresas con pérdidas, estas deberán garantizar el salario básico de sus trabajadores, aunque no podrán aprobar incrementos salariales hasta recuperar su capacidad económica y financiera.

Con el propósito de evitar diferencias excesivas en la distribución de los ingresos, el salario máximo dentro de una empresa continuará regulado y no podrá superar seis veces el salario correspondiente al cargo de menor complejidad de la propia entidad.

La distribución de utilidades, además, deberá realizarse en correspondencia con el aporte individual de cada trabajador y tendrá incidencia en el cálculo de su futura pensión.

El principio que resume el espíritu de la norma es claro: quien más aporta, más recibe.

El Decreto 164 consolida así un modelo de organización salarial basado en mayor autonomía para la empresa estatal socialista, más participación de los trabajadores, mayor flexibilidad en la gestión de los ingresos y una relación directa entre eficiencia, productividad y salario.

Con ello, las transformaciones de la empresa estatal buscan crear mejores condiciones para elevar sus resultados económicos y, como consecuencia, incrementar de forma sostenible los ingresos de quienes generan esa riqueza.

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